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FEDEFAM
Un logro largamente esperado por de los familiares de los detenidos
desaparecidos de América Latina
El miércoles 20 de diciembre la 61ª Asamblea General de la ONU tomó una
decisión histórica al aprobar por unanimidad la Convención Internacional
para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada.
Es un logro por él que los familiares de detenidos desaparecidos de
América Latina venimos luchando desde hace 25 años. Cuando nos reunimos
a fines de enero de 1981 en el primer Congreso Latinoamericano de
Familiares de Detenidos-Desaparecidos en San José, Costa Rica, la
convicción entre todos los participantes, basada en la experiencia
personal de cada caso, era de que estábamos ante una nueva forma de
violación de los derechos humanos ante lo cual no estaban preparadas ni
la comunidad internacional ni la tradicional estructura jurídica de los
países. La perversidad de ese fenómeno inédito consiste en la negativa
de las autoridades a reconocer detenciones practicadas por sus órganos
de seguridad, y en la consiguiente imposibilidad de conseguir
información certera sobre el paradero o el destino de las víctimas. Y
como una mancha imparable la práctica se extendió a todos los rincones
de América Latina, no sólo a los países dictatoriales de entonces sino
también a países formalmente democráticos como México y Colombia.
Lo impresionante del encuentro realizado en San José bajo la consigna
“No hay Dolor Inútil” fue la actitud de los familiares. Provenientes de
niveles muy diferentes de vida, países, sectores sociales y pueblos, se
hicieron intérpretes de un sentimiento común para buscar más allá de la
solución de cada caso individual. Se propusieron lograr la erradicación
de la práctica de la detención-desaparición de la faz de la tierra. Así
los familiares tomaron las primeras decisiones de gran trascendencia que
tuvieron su primer fruto en 1983 cuando FEDEFAM, gracias al trabajo de
los eminentes juristas Eduardo Novoa Monreal de Chile y Alfredo Galletti
de Argentina, pudo presentar un primer proyecto de Convención. Entonces
comenzó un largo y tortuoso camino que pasó por la aprobación en la ONU
de la Declaración para la Protección de Todas las Personas contra las
Desapariciones Forzadas en 1992. Finalmente la Comisión de Derechos
Humanos en 2001 bajo la presidencia de Dr. Leandro Despouy (Argentina)
logró poner en marcha la etapa final que terminó en la aprobación por
consenso por la Asamblea General del texto.
Resaltamos en todo este proceso la participación y el aporte de los
familiares de otras regiones del mundo, particularmente de AFAD
(Federación Asiática contra las Desapariciones Involuntarias). La voz de
estos familiares fue la más contundente respuesta a quienes argumentaban
que el fenómeno de las desapariciones forzadas afectaba únicamente a
América Latina.
El 23 de septiembre de 2005 al comenzar la sesión de la tarde, el
embajador Kessedjian, quien presidio el grupo de redacción durante tres
años, pidió la aprobación de la Convención. En un breve discurso dijo
que el camino de la negociación ya había llegado a su fin, y se tenía
que tomar una decisión. Pedía la aprobación por consenso ya que, luego
de ella, cada Estado podría o poner su reserva o hacer su comentario.
Hubo silencio en la sala. Nadie presentó objeción y así salió aprobada
la nueva Convención.
El camino posterior ha sido mucho más fácil, tanto en el Consejo de
Derechos Humanos (junio 2006) como en la Tercera Comisión de la Asamblea
General (noviembre 2006) hasta su aprobación definitiva por la Asamblea
General.
Convención Internacional de Protección de Todas las Personas contra la
Desaparición Forzada
En definitivo el texto aprobado enriquece ampliamente el proyecto
inicial de FEDEFAM de Están consagrados en ella varios derechos que
nunca antes habían sido formulados tan claramente a nivel internacional:
- El derecho de no ser sujeto de una desaparición forzada con todas las
consecuencias y obligaciones para los Estados.
- El derecho a la verdad, es decir, el derecho de saber la verdad acerca
del destino de la persona desaparecida y de todas las circunstancias
sobre este crimen.
- El derecho de los familiares a recuperar los restos de sus seres
queridos.
- El establecimiento de garantías en cuanto a la prohibición de la
detención clandestina de cualquier persona en cualquier lugar.
- El derecho a la justicia de los familiares de los desaparecidos. Este
derecho debe ser garantizado por la incorporación al código penal
nacional de la figura de la desaparición forzada.
- Las desapariciones forzadas constituyen crímenes contra la humanidad.
- Se expone un concepto amplio de víctima al incluir también a los
familiares y los allegados,
- Se afirma las múltiples dimensiones del derecho a la reparación.
- Se ratifica el derecho del niño -victima de desaparición forzada- a
recuperar su identidad. Se establece un órgano de vigilancia
independiente; el Comité contra las Desapariciones Forzadas, con poder
de decisión autorización para procedimientos urgentes como las
características mas destacadas.
Llamamiento
FEDEFAM quiere dejar constancia de que estamos realmente entusiasmados
con este nuevo instrumento internacional. Creemos en él y estamos
convencidos de su efectividad para lograr una protección plena contra
las desapariciones forzadas. FEDEFAM está comprometida con este logro.
Hacemos un llamado a todos los Estados para que firmen y ratifiquen esta
Convención con el fin de que su entrada en vigor (después de la vigésima
ratificación) sea lo antes posible. Confiamos en que, además de los
países de las Américas, contaremos con el apoyo de Estados en África,
Asia y Europa, ya que esta Convención será para ellos el primer
instrumento internacional que establece obligaciones para la protección
de las desapariciones forzadas en sus regiones. 104 Estados
copatrocinaron la resolución aprobatoria ahora en la Asamblea General y
creemos que cada uno podría ratificar la Convención muy pronto. Para
tener un peso decisivo buscaremos que la Convención tenga más de cien
ratificaciones.
Exhortamos también a todos los Estados, organismos no gubernamentales y
los medios de comunicación a difundir y promocionar la Convención lo más
ampliamente posible. Insistimos en que el Comité contra las
Desapariciones Forzadas, una vez establecido (esperamos que en 2008),
cuente con los recursos humanos y financieros necesarios para llevar a
cabo su tarea.
La 61ª Asamblea General de la ONU tomó una decisión histórica al aprobar
esta Convención Internacional. Un mundo sin desapariciones forzadas es
ahora posible. Comienza una nueva etapa para que el “Nunca Más” sea
realidad. ¡Luchemos para que así sea!
¡Hasta Encontrarlos!
Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos
Desaparecidos (FEDEFAM)
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