Tipifica derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
CIMAC MEXICO
Nueva Ley en Venezuela, única en LA y el mundo
Por Modaira Rubio *
Caracas, Venezuela 4 dic 06 (CIMAC).-Con la presencia de más de 4000
mujeres de todos los sectores sociales y políticos en una histórica Jornada
de Parlamentarismo Popular Revolucionario, la Asamblea Nacional de la
República Bolivariana de Venezuela aprobó por unanimidad, en segunda
discusión, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia, este 25 de Noviembre, Día Internacional de la No Violencia
contra la Mujer.
Este innovador instrumento jurídico, único a nivel continental y mundial,
tipifica 19 formas de violencia hacia la mujer entre las que se
encuentran: violencia psicológica, física, doméstica, sexual, laboral,
patrimonial y económica, obstétrica, mediática, institucional, simbólica,
así como la esterilización forzada, el tráfico y trata de mujeres, niñas y
adolescentes, acoso u hostigamiento, amenaza, acceso carnal violento,
prostitución forzada, esclavitud sexual y acoso sexual.
El acoso sexual en las aulas de clase, en los lugares de trabajo, en los
consultorios médicos, será penalizado con 1 a 3 años de prisión; el tráfico
y la trata de mujeres, niñas y adolescentes, con 15 y 20 años de prisión.
La ley establece la violencia obstétrica como una situación en la cual la
mujer no es atendida oportuna y eficazmente, es obligada a parir en
posición supina y con las piernas levantadas, se le niega la posibilidad
de ver a su hija o hijo una vez nacida, se altera el procedimiento normal
de parto o se obliga a la mujer a practicarse el parto por cesárea.
En este punto, la intervención en la sesión extraordinaria de un médico
gineco-obstetra, asesor de la comisión de salud de la AN, fue crucial, dijo
que en sus 30 años de práctica profesional, ha visto como las mujeres
venezolanas son humilladas, vejadas, maltratas y abusadas por un sistema de
salud que bajo una concepción machista desmejora las condiciones idóneas
para el parto.
Con esta Ley, ese maltrato será considerado un delito o que será penado
con el pago de 250 a 500 unidades tributarias, entre 3,230 a 6,241 dólares,
por parte del o la profesional y la apertura de un procedimiento
disciplinario en el colegio o institución gremial al que esté afiliado o
afiliada.
Se establecen también mecanismos para dar cumplimiento al mandato
constitucional de garantizar por parte del Estado, el goce y el ejercicio
de los derechos humanos de las mujeres, por ello tiene carácter orgánico.
En materia procesal la Ley establece la creación de los Tribunales de
Violencia contra la Mujer como órganos especializados en justicia de género.
A pesar de las presiones de medios de comunicación y de sectores de la
sociedad que se oponían a esta legislación, la Asamblea Nacional
sesionó en favor de las venezolanas.
Liderezas de las organizaciones políticas, académicas y profesionales
sensibilizados en materia de género participaron dando sus alegatos a favor
de la Ley a las diputadas y diputados presentes en la sesión.
* Periodista venezolana, integrante de la Red Latinoamericana de Periodistas.
06/MR/CV
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--Basi dijo
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--Basi kinburger2002@yahoo.es
no sé si estoy en lo cierto, pero creo que únicamente en Cuba el aborto está totalmente despenalizado... me preguntaba cuál es la situación legal del aborto en Venezuela y qué avances hay en este sentido en los demás países latinoamericanos, saludos!
5 Diciembre 2006 | 12:23 PM